viernes, 27 de agosto de 2010

Editorial: Se calienta el debate por los nuevos municipios

Una lectora de nuestro blog nos envió una nota publicada en el portal La Política On Line titulada: El PJ bloqueó una nueva división de municipios del Conurbano. Se dice en el copete de la nota:
“Si bien la ley que se trabaja en la cámara baja provincial no rechaza directamente los pedidos de autonomía del Gran Buenos Aires. Lo cierto es que, en la práctica, el proyecto cierra toda posibilidad a nuevos distritos.”
Y agrega párrafos abajo:

““El Conurbano no se toca”, confían en los pasillos de Diputados. La comisión de Asuntos Municipales despachó el proyecto de ley marco para la creación de nuevos municipios. El texto establece una serie de requisitos para todos aquellos pedidos de autonomía. Sin embargo, en la práctica favorece a los distritos del interior en detrimento de los pedidos que llegan desde el Conurbano.” (…)
“Una lectura política del proyecto establece que las mayores posibilidades recaen sobre las pequeñas localidades del interior bonaerense. La clave estaría en el articulado, puntualmente en el punto que establece el 15 por ciento de las firmas certificadas.
En caso de cualquier movimiento autonomista de La Matanza, alcanzar ese piso significaría lograr más de 200 mil firmas certificadas. En el caso de un distrito del interior como el de Huanguelén que busca separarse del partido de Coronel Suárez, ese piso rondaría unas 6.000 firmas.”
Cierto es que el requisito del 15% de firmas es uno de los aspectos que merecen un debate mayor del que nos vamos a ocupar en una próxima nota. Pero no es menos cierto que la aprobación del proyecto en la comisión es sin duda un avance.
La propuesta de nuevos municipios no puede ser pensada en contra de ningún sector ni político ni socioeconómico. Se trata de modernizar la estructura del estado de la Provincia de Buenos Aires adecuándola a la constitución nacional de 1994.
Si solo se pensaran para una coyuntura electoral se estaría reduciendo la importancia estratégica que tiene debatir la naturaleza, tamaño, misión y función del estado municipal. Y la historia misma del reclamo: Lezama, el más antiguo que yo recuerde, trabajó durante 115 años para lograrlo ¿Cuántas elecciones hubo en todo ese tiempo?
Es inevitable, también hay que decirlo, que el debate por el régimen municipal y los juegos electorales se mezclen de mil maneras. Es propio de la vida democrática.
Pero quienes tenemos convicción sobre la necesidad de cambiar nuestros estados municipales debemos hacerlo como cantaba Martín Fierro: para bien de todos y para mal de ninguno.

jueves, 26 de agosto de 2010

Ley Marco para la creación de nuevos municipios: aprobada en comisión

La comisión de asuntos municipales de la cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó este 25 de agosto el proyecto de Ley Marco para la creación de nuevos municipios. Su titular, diputado Atanasof, declaró a los medios:

“El objetivo central es que las reglas para un tema tan complejo se encuentren establecidas para todos y sean extremadamente claras y justas”
“el proceso que se vivió con Lezama nos asiste para entender que es necesario que así sea”.
“Una decisión de tremenda envergadura requiere de una responsabilidad mayor y de un proceso que dictamine con claridad si es posible o no otorgar la autonomía. El análisis previsto deja todas las áreas necesarias cubiertas atendiendo no sólo al municipio que pretende separase sino a los que se verán afectados si esto sucede”
“los pedidos que ya se encuentran en la comisión tendrán prioridad para el ingreso al estudio pero sin dudas el dictamen podrá emitirse cuando la junta promotora de la autonomía cumpla con todos los requisitos solicitados”.
“Muchos de los puntos que hemos modificado son respuesta a los asociaciones de reconocimiento que se encuentran diseminadas en la provincia de Buenos Aires”
En declaraciones telefónicas a este blog Hugo Iraizos, titular de la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios, informó que:

"Los Diputados, Walter Martello, Coalisión Cívica, Jorge Macri (Unión Pro) y Gustavo Atanasof (Unión Celeste y Blanca) me hicieron saber su apoyo no solo a la Ley Marco (aprobada ayer en la Comisión de Asuntos Municipales) sino que apoyarán el reconocimiento de nuevos municipios en la Provincia de Buenos Aires. Tanto Martello como Macri hicieron hincapié en su firma a favor del municipio de Lezama."
El proyecto deberá transitar ahora las Comisiones de Reforma Política; Legislación General; y Asuntos Constitucionales y Justicia para luego ser debatido en el pleno de la cámara donde será muy importante el apoyo de los diferentes bloques. Aquí puede consultar el texto completo del proyecto.

Nota Relacionada:
Ley Marco para la creación de nuevos municipios: avanza el debate en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires

Ley Marco para la creación de nuevos municipios: texto del proyecto

Según publica el portal Urgente24 este es el texto del proyecto de Ley Marco para la Creación de Nuevos Municipios aprobado ayer por la Comisión de Asuntos Municipales:

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y


Requisitos para el reconocimiento de nuevos municipios

Artículo 1º: Será reconocida como municipio, en los términos del artículo 190 y subsiguientes de la Constitución Provincial, toda población o localidad que reúna los siguientes requisitos:
a. Características institucionales, históricas, culturales, territoriales y ambientales que definan una identidad propia.
b. Aptitud de factibilidad económico-social, respecto a los recursos con que contaría el nuevo municipio y las demandas que debería atender
 Artículo 2º: Entiéndase, en los términos de lo establecido en el artículo anterior como:
• Características institucionales, aquéllas que den cuenta de asentamientos de organismos públicos nacionales, provinciales y/o municipales, y de organizaciones de la sociedad civil.
• Características histórico-culturales, aquéllas que acrediten la singularidad de la comunidad, atendiendo a razones de origen, desarrollo y pertenencia. Se considerarán también las expresiones artísticas propias de esa comunidad.
• Características territoriales y ambientales, a las interacciones sociales, laborales, económicas y culturales que se producen en el territorio.

De la Comisión Bicameral de Reconocimiento de Municipios
Artículo 3º: Créase la Comisión Bicameral Permanente de Reconocimiento de Municipios, la que tendrá por objeto la consideración y análisis de las propuestas de reconocimiento de nuevos municipios, y será la encargada de llevar adelante el procedimiento establecido en la presente Ley.
Artículo 4º: La Comisión estará integrada por catorce (14) miembros, siete (7) por cada Cámara, los que serán designados por un período de 2 (dos) años mediante resolución de la Presidencia de ambas Cámaras. En su composición se tendrá en cuenta la representación de las minorías. Su constitución deberá tener lugar dentro de los 30 (treinta) días a partir de la entrada en vigencia de la presente.
Artículo 5º: Serán facultades de la Comisión:
a. Elegir sus autoridades. A los efectos de la reglamentación interna se sujetará a lo prescripto en el reglamento de la Honorable Cámara de Senadores.
b. Receptar las peticiones de reconocimiento de nuevos municipios.
c. Entender en los proyectos de ley relacionados con la creación de nuevos Municipios que le fueren girados por ambas Cámaras.
d. Convocar a su seno a organismos técnicos, profesionales y/o académicos especializados en la problemática de la Comisión, así como requerir la presencia de funcionarios con idénticos fines.
e. Requerir de la Subsecretaría de Asuntos Municipales y demás organismos provinciales los informes técnicos que sirvan a los fines de la presente ley.
f. Celebrar convenios con Universidades u Organismos Oficiales.
g. Elaborar el proyecto de ley para su tratamiento en ambas Cámaras.

Del procedimiento para el reconocimiento municipal
Artículo 6º: La población o localidad deberá presentar ante la Comisión Bicameral de Reconocimiento de Municipios un petitorio avalado por el quince por ciento (15 %) de los ciudadanos que figuren en el último padrón electoral con domicilio en el área que ocuparía el nuevo municipio solicitado.
Las firmas de este petitorio y los domicilios declarados serán certificados, sin cargo alguno, por el Juzgado de Paz Letrado distrital o por autoridad competente en la materia. Asimismo, deberá constituir una Junta Pro-Reconocimiento, que será la contraparte para todo aquello que la Comisión estime corresponder. Dicha Junta tendrá permanente vista de las actuaciones relativas a la petición.
Artículo 7º: La Junta Pro-Reconocimiento Municipal deberá acreditar los requisitos establecidos en el artículo 1 de la presente Ley, a saber:
a) Informe de antecedentes y características institucionales, históricas, culturales, territoriales y ambientales que aseguren su propia identidad.
b) Estudio de factibilidad socio-económico-financiera, según aspectos espaciales y geográficos, demográficos, equipamiento institucional, infraestructura local, comercios, servicios, industrias, etc., que garanticen la capacidad de gestión en la solución de los problemas locales. A los efectos de la viabilidad financiera deberá tener en cuenta los recursos con que contaría el nuevo municipio aplicando las tasas que rijan a ese momento en el distrito cabecera, así como los gastos e inversiones que debería realizar. Cuando los nuevos límites propuestos abarquen a más de un distrito para el cálculo de los recursos se tomará un promedio de los valores de cada municipio concernido, según el porcentaje de afectación territorial de cada uno. Asimismo se deberá incluir el aporte que le correspondería en concepto de coparticipación.
c) Estudio de delimitación territorial según su real zona de influencia.
Articulo 8º: Cumplida la presentación en los términos del articulo anterior, la Comisión dará traslado, dentro de los cinco (5) días de recibida, al Intendente Municipal para que en un plazo de sesenta (60) días emita opinión fundada con relación a la pretensión de reconocimiento del nuevo municipio.
Artículo 9º: Recibidos los informes del Intendente Municipal o vencidos los plazos del artículo anterior, la Comisión, en el plazo de treinta (30) días remitirá la documentación prevista en los artículos 7 y 8 de la presente ley, para su evaluación, a las Universidades u Organismos Oficiales previstos en el artículo 5º, las que deberán emitir dictamen en un plazo no mayor de noventa (90) días.
Artículo 10º: La Comisión notificara los dictámenes a las autoridades municipales del o los distritos interesados y a la Junta Pro-Reconocimiento. Procederá a la difusión de estos informes en el municipio, por un lapso de treinta (30) días, a través de los medios de prensa locales que considere pertinentes.
Artículo 11º: Cumplidos los pasos anteriores y en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, la Comisión convocará a una consulta popular, por SÍ o por NO, al electorado del o los municipios involucrados.
La consulta será no vinculante y no obligatoria, debiendo analizarse el resultado de la misma por circuitos electorales.
En los aspectos instrumentales de estas consultas se utilizará como base la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 12º: Cumplido el procedimiento previsto en los artículos 6 al 11, la Comisión elaborará su dictamen definitivo en un plazo de veinte (20) días y en su caso elevará el proyecto de ley a la Cámara.
En caso de no prosperar la iniciativa, los ciudadanos de la localidad peticionante podrán reiterar la petición en un plazo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la notificación de su denegatoria.

Del proyecto de Ley
Artículo 13º: El proyecto de Ley del nuevo Municipio deberá incluir:
a. Denominación, la cual podrá ser propuesta de modo no vinculante por la Junta Pro-Reconocimiento Municipal.
b. Límites jurisdiccionales del nuevo municipio y de los municipios afectados.
c. Disposiciones transitorias para el establecimiento de las nuevas autoridades municipales respetando los mandatos vigentes.
d. La transferencia de los bienes inmuebles, muebles y semovientes, y la incorporación del personal municipal, conforme a las nuevas jurisdicciones.
e. Disposiciones que establezcan la continuidad de las normas vigentes por un plazo determinado y que aseguren el cumplimiento de los contratos y convenios suscriptos hasta su término.
f. El régimen de cancelación de deudas, créditos y la verificación del pasivo contingente.
g. La designación de un órgano de aplicación responsable del cumplimiento de los incisos c, d, e y f.
h. Creación del Juzgado de Paz, según lo establecido por la ley 10.571.
i. Incorporación de registros notariales al nuevo municipio.
j. La categorización judicial y electoral.

Disposiciones generales
Artículo 14º: Los proyectos de Ley de creación de nuevos municipio que fuesen presentados por Legisladores o por el Poder Ejecutivo, serán girados por las respectivas Cámaras a la Comisión Bicameral Permanente de Reconocimiento de Municipios, la que verificará que los mismos cumplimenten lo determinado en los artículos 7 y 14 de la presente Ley, recabará la información establecida en los artículos 8 y 9, convocará a la consulta popular en los términos del artículo 11 y emitirá dictamen.
Emitido el dictamen, el proyecto será remitido a su Cámara de Origen para seguir con el procedimiento para la sanción de las leyes.

Disposiciones transitorias
Artículo 15º: Los gastos que demande la presente ley serán soportados en igual proporción por los presupuestos de ambas Cámaras. Autorizase las mismas a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan.
Artículo 16º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

jueves, 19 de agosto de 2010

Ley marco para la creación de nuevos municipios: avanza el debate en la cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires


El pasado miércoles 11 de agosto se realizó en la cámara de diputados de la provincia de Buenos Aires una reunión para analizar la marcha del proyecto de Ley Marco para la creación de nuevos Municipios en la provincia de Buenos Aires. Participó de la misma el presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, diputado Alfredo Atanasof y representantes de los movimientos de Temperley, Hudson, Pte. Derqui, Paso del Rey, De la Rivera, 30 de Agosto, Altos del Transito, Santa Clara del Mar, Otamendi, Mar de Ajo, Santa Teresita, Batan, Lima, Gerli, Huanguelen, Banfield, y representados por nota Juan Bautista Alberdi y Sierras Ballas según informó Hugo Iraizos, presidente de la Asociación.
Se arribó a una serie de acuerdos sobre las modificaciones oportunamente solicitadas por la Asociación quedando en debate la forma de organizar el plebiscito no vinculante previsto en el proyecto de ley ¿Qué se debate?
El actual proyecto prevé que sean consultados todos los ciudadanos del actual municipio – por ejemplo Almirante Brown.
La asociación reclama que sean consultadas las localidades directamente involucradas – en el mismo ejemplo: Glew, Longchamps y Ministro Rivadavia. Porque en definitiva se trata de conocer la opinión de las personas directamente responsables de hacer viable el cambio propuesto.
Parece un contrasentido que para descentralizar una administración municipal se consulte a aquellos que no van a participar de la misma.
En una nota distribuida a la prensa el presidente de la Asociación, Hugo Iraizos, informó:

"Por otra parte, rubricada por las cuatro Regiones y los presentes se entregaron sendas notas al sr. Gobernador, a los Presidentes de ambas Cámaras y al sr. presidente de la Comisión de Asuntos Municipales. Las mismas hacían notar la necesidad de celeridad en el tratamiento y sanción de esta Ley, habida cuenta que años atrás ya fue aprobada la Ley Marco por mayoría absoluta en Diputados y luego durmió en el Senado. No es nuestro deseo que esto se repita para no tomarlo como una simple medida dilatoria."
La Asociación viene realizando, tal como ilustra la foto que acompaña esta nota, una serie de gestiones ante los diputados provinciales que justifican, largamente, el pedido para que se acelere el trámite legislativo de la Ley Marco.
Un proyecto como el que nos ocupa merece de nuestros dirigentes un rápido trámite institucional antes que el reclamo llegue a las calles.

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Nueva Reunión en la Cámara de Diputados: la Asociación pide mayor transparencia y participación

martes, 17 de agosto de 2010

La seguridad en los nuevos municipios

El próximo viernes 20 de agosto a las 20:30 se realiza en el Country Club de Longchamps - Hipólito Yrigoyen 17.000 a las 20:30 - la conferencia "Participación ciudadana. Seguridad en los nuevos municipios"
La misma estará a cargo del Secretario de Seguridad del nuevo municipio de Presidente Perón, señor Hugo Soza.
Esta actividad está organizada por la Asociación Civil Altos del Sur en el marco de su ciclo de conferencias “Municipios y comunidades locales.Desafíos y nuevos escenarios en la Prov. de Bs. As.”
El Secretario de Seguridad expondrá sobre el trabajo que el nuevo municipio de Presidente Perón viene realizando en pos de lograr un mayor nivel de seguridad para sus habitantes.
Será muy interesante conocer esta experiencia de gestión de la seguridad en un municipio más pequeño y más cercano a la gente.

Nota Relacionada:
Territorios Posibles: un libro necesario

martes, 10 de agosto de 2010

Atanasof recibe mañana a la asociación para el reconocimiento de los nuevos municipios

El Dr. Emiliano Bursese, del MAGe informó en el día de la fecha:
Representantes del Movimiento por la Autonomia de Gerli (MAGe) asistirán mañana 11 de agosto a la ciudad de La Plata a efectos de tratar temas vinculados al Proyecto de "Ley Marco para el Reconocimiento de Nuevos Municipios" que esta en tratamiento en la H. Camara de Diputados de la Provincia, conjuntamente con representantes de mas de 40 localidades de la Provincia de Buenos Aires nucleados en la ASOCIACION PROVINCIAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE NUEVOS MUNICIPIOS.
En efecto, a las 12 hs. se dará comienzo a una reunión plenaria de esa Asociación en la Sala Cuarta (Subsuelo) de la Honorable Camara de Diputados de la Provincia. Concluida la misma, las autoridades de la Asociación encabezados por su Presidente Hugo Iraizos (Altos del Sur) y su Secretario Emiliano Bursese (Gerli), seran recibidos por el Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales de esa Camara Dip. Gonzalo Atanasoff, a quien trasmitiran la posicion de los distintos movimientos respecto al proyecto que la Asociación y la Comision de Asuntos Municipales han venido trabajando en estos meses. Como sabemos, dicho proyecto busca establecer procedimientos y pautas objetivas a fin de que cada localidad pueda acceder al reconocimiento como Nuevo Municipio.
Al respecto el Dr. Emiliano Bursese, Presidente del MAGe y Secretario de la Asociacion mencionó que "Esperamos cristalizar debidamente el trabajo que venimos realizando desde hace meses en busca de una Ley que reglamente un procedimiento que no existe lamentablemente en la Provincia y por el cual muchas localidades como la nuestra (Gerli), que cumplen todos y cada uno de los requisitos para ser un nuevo Municipio, vienen luchando desde hace años".

lunes, 2 de agosto de 2010

Nueva reunión en la Cámara de Diputados: la Asociación pide mayor transparencia y participación

Este 2 de agosto se produjo en La Plata una reunión entre el Presidente de la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios de la Provincia de Buenos Aires, Sr. Hugo Iraizos y el diputado provincial y Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, Dr. Gonzalo Atanasof.
 Durante el encuentro – realizado en el despacho del diputado en la Legislatura provincial – se trataron algunas objeciones que la Asociación hace al proyecto de Ley Marco actualmente en debate.
En particular aquellos puntos que algunas fuentes periodísticas daban por ya cerrados y que, a juicio de Iraizos, merecen un debate mayor:
- Aval del 15% del padrón electoral de los municipios involucrados:
Más allá de que la cantidad de firmas certificadas a presentar parece excesiva la Asociación pide que la misma se calcule sobre la base del padrón de las ciudades y/o localidades que están reclamando la autonomía y no sobre el padrón municipal total.
- 51% de votos positivos emitidos en una consulta popular convocada al efecto:
La Asociación pide que el recuento de votos se haga circunscripción por circunscripción y no sobre todo el municipio de un modo indiviso. Esto se propone así a fin de poder evaluar con absoluta claridad el grado de apoyo que la autonomía tenga en las localidades involucradas más allá de la opinión de todo el municipio.
- Participación en la Comisión Bicameral:
La Asociación pretende poder participar – con voz y sin voto – de las tareas y debates que la comisión bicameral realice para la evaluación de los diferentes proyectos de creación de un nuevo municipio.
Hugo Iraizos confirmó que el diputado Atanasof sostuvo que ninguno de estos puntos están cerrados y, por tanto, el debate continúa abierto.
La semana próxima se realizará una nueva reunión preparatoria del plenario que deberán realizar las comisiones de Asuntos Constitucionales y JusticiaAsuntos Municipales, Legislación General  y Reforma Política y del Estado.

Nuevos Municipios llega a Pontevedra y Veinte de Junio

Iniciamos este blog con la intención de: “…informar a toda la comunidad nacional sobre la marcha de este cambio necesario. La participación activa de todas las personas e instituciones involucradas y el más amplio respeto a todas las opiniones políticas serán nuestra guía. Solo falta usted
Esa participación de nuestros lectores ya está en marcha: nos escribió Leonardo Julián Espíndola quien está impulsando la autonomía de las ciudades de Pontevedra (Partido de Merlo) y Veinte de Junio (Partido de la Matanza).
Se trata de un movimiento incipiente que, hasta donde sabemos, no integra la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Su propuesta es, un punto, diferente a la mayoría de las que fuimos informando en este espacio: intenta unir localidades que pertenecen a municipios diferentes pero que, en su opinión “geográficamente están unidas y tienen mucho potencial.” Tienen un espacio en Facebook para difundir sus propuestas.

Treinta de Agosto también quiere ser municipio

La localidad de Treinta de Agosto – actualmente integrada al partido de Trenque Lauquen – viene trabajando activamente por lograr su autonomía municipal. La propuesta tiene estado parlamentario ya que el 15 de marzo pasado fue presentada en el Senado bonaerense (EXP. E 57/10-11) por el Senador Dr. Julio A. Salemme de Unión Pro.
Nos informan, además, que hoy están trabajando en la conformación del "GRUPO PRO AUTONOMIA DE 30 DE AGOSTO" integrado tanto por vecinos de esa localidad como por JOVENES QUE ESTUDIARON EN LA PLATA Y CAPITAL FEDERAL HOY PROFESIONALES RADICADOS POR AHI, PARA QUE NOS AYUDEN CON SUS EXPERIENCIAS Y CONTACTOS.
Su actividad abarca el trabajo con referentes de distintas fuerzas políticas identificadas con la propuesta: el Dr. Julio Alfonsín (ex diputado provincial de la UCR), el Presidente del Comité de la UCR de Trenque Lauquen Sr. Francisco J. Font, el ex Diputado Provincial por el Frente Para la Victoria, Sr. Carlos A. Alonso a quien definen como referente y propulsor de la autonomía de Treinta de Agosto y al actual Concejal de Trenque Lauquen por Unión Pro Sr. Jorge Jordan.
Lo cual reafirma una de las características más interesante de la mayoría de los movimientos autonomistas: ser efectivamente multipartidarios tanto en su conformación como en su accionar.
La información, suministrada por Jorge a Rubén de la Cámara de Comercio, Industria, Producción y Servicios de Treinta de Agosto, se completa con un detallado informe de su participación en el marco de la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios.