miércoles, 29 de septiembre de 2010

Cena en Gerli este viernes 1 de octubre

El Movimiento por la Autonomia de Gerli (MAGe), Asociacion Civil sin fines de lucro, tiene el agrado de invitar a la TRADICIONAL CENA conmemorativa del ULTIMO DIA DE GERLI UNIDO, en el marco de los 101 años de nuestra ciudad, donde se brindará un HOMENAJE A LOS PIONEROS DE GERLI.
La misma se llevará a cabo el viernes 1º de octubre a las 20.30 hs. en el Salón del Rotary Club Gerli Este (Mamberti Nº 656 Gerli Este entre Bouchard y Bolaños).

Al respecto, cabe informar que todos los años se ha de conmemorar el día 28 de septiembre de 1944, como el ÚLTIMO DÍA DE GERLI UNIDO. Como sabemos, al día siguiente - un 29 de septiembre, Decreto de facto mediante -, sin consultar a su pueblo e instituciones, la Localidad fue dividida en dos: desde entonces insólitamente hay un GERLI dentro del actual Partido de Lanús y un GERLI dentro del actual Partido de Avellaneda. Por ello los gerlianos seguimos esperando la UNION de ambos GERLI nuevamente en un solo lugar llamado MUNICIPIO DE GERLI.

Ese día, asimismo, se realizará un Homenaje a los Pioneros Gerlianos y se estrenará formalmente el HIMNO DE GERLI, elegido el pasado 22 de septiembre por Concurso convocado al efecto.

Nota Relacionada:
Se aprobó el Himno de Gerli

martes, 28 de septiembre de 2010

Se aprobó el Himno de Gerli

El Movimiento por la Autonomía de Gerli (MAGe), Asociación Civil sin fines de lucro, expresa su más sentida emoción y alegría por la aprobación formal el día miércoles 22 de septiembre de 2010 del HIMNO DE GERLI.


Resultado del Concurso Abierto convocado por esta Institución y la Federación Independiente de Instituciones de Gerli (FIIGe), hoy nuestra Localidad - que busca su reconocimiento municipal desde hace años - completa de esta manera su triada distintiva con la canción alusiva a su historia e identidad, que complementa el Escudo Gerliano elegido por Concurso en 1996 y la tricolor Bandera elegida por los alumnos de los colegios gerlianos en 2002 a iniciativa de este Movimiento.

Felicitamos a los ganadores del mismo, cuya la letra corresponde al señor Aníbal Alfredo López Guerra, vecino de Gerli Este, y la música al señor Marcelo Aiello, vecino de Villa Porvenir. Se transcribe Letra del mismo de conformidad con la Resolución del Jurado del Concurso aludido, compuesto por los Señoras/es Jairo Joel Geraldo (músico), Facundo Luis Vallejos (cantante), Emiliano Martín Bursese (Presidente del MAGe), Julio Andrés Piñeiro (Presidente de la FIIGe ), Oscar Neri Martini (Rotary Club Gerli Este), Angelina Jaime de Carbone (Rotary Club Gerli Oeste), Lulo El Fasah (Ciudadana Ilustre de Gerli), Ismael Jesús Prieto (Ciudadano Ilustre de Gerli), Omar Calviño (ex legislador) y Jorge Alberto Battisti (ex legislador).

HIMNO DE GERLI
(LETRA: Aníbal López Guerra – MÚSICA: Marcelo Aiello)



Gerlianos llegó el día, tras un siglo de historia,


En que las utopías, rompan la sumisión…


Uniendo nuestros bríos, reunamos los dos Gerli,


Tras décadas oscuras, de injusta división…




Mirando al PUENTE GERLI, que allá en los años veinte,


fue para nuestra gente, un símbolo de UNIÓN…


Uniendo Este y Oeste, vendrán tres nuevos puentes,


Cuatro lazos fecundos, contra la división…




Nacieron nuestros barrios: villas que son MODELO,


AURORA como un sueño DORADO e IDEAL,


OYUELA la ARGENTINA , teniendo HONOR Y FUERZA,


y con AMOR Y LUCHA, la causa GERMINAL.



Gerlianos llegó el día, honrando a los PIES SECOS,


que unidos le pusieron, freno a la inundación…


ese ejemplo nos dice: reunamos los dos Gerli,


tras décadas oscuras, de injusta división…


Fueron los Querandíes, el pueblo originario,


heredando los gauchos: PARAJE DEL OMBÚ,


hoy sólo las calandrias, recuerdan con su canto,


aquello que fue antes, de BARRACAS AL SUD…


Fueron los inmigrantes, que desde muchas patrias,


encontraron en GERLI, una Patria en común…


“las cosas más sencillas… la Paz en la gramilla”,


como pintara ELADIA, su CORAZON AL SUR.




Gerlianos llegó el día, que honrando a esos pioneros,


Que fundaron el Pueblo, con toda su pasión…


Vascos, tanos, gallegos, nos gritan desde el cielo,


Reunamos los dos Gerli… basta de división…




Pueblo de proletarios, que lleva como nombre,


de DON ANTONIO GERLI, su FÁBRICA Textil…


“ La Cueva ”, Villa Fischer, pasando por La Mosca


Angélica, Otamendi… un sueño PORVENIR…



Himno de los Gerlianos, la LIBERTAD es POESÍA,


y en la Echenagucía , de “Sauces” y adoquín…


Brillan ONCE LUCEROS, en tarros de lecheros,


llegando hasta Marconi y el Canal Sarandí…



Gerlianos llegó el día, que ganemos Lacarra,


Sarmiento, de la Serna, Bustamante y Pavón,


Hasta llegar a Salta, para que todos sepan,


que GERLI es uno solo, JUNTO sin división…




Gerlianos llegó el día, que GERLI será LIBRE


Por luchas y utopías, que son su Identidad…


honrando a nuestros padres, dejando a nuestros hijos


un GERLI MUNICIPIO… un GERLI en LIBERTAD…


Para que nuestros nietos, puedan decirle al mundo:


Nacimos en un GERLI, un GERLI en LIBERTAD.


Nota Relacionada:
Gerli quiere autonomía e himno

martes, 21 de septiembre de 2010

El proyecto para los Nuevos Municipios de la Provincia de Buenos Aires será tratado en la Comisión de Legislación General

En la semana que se inicia, el proyecto de Ley Marco que con numero de expediente D-2452/09-10 (presentado por la señora Diputada Alicia Esther Tabares, "Estableciendo requisitos para el reconocimiento de nuevos municipios" y el D-33/10-11 presentado por el señor Diputado Abel Paulino Miguel "Reproducción, estableciendo requisitos para el reconocimiento municipal") pasará a la Comisión de Legislación general de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Bs. As.

Este proyecto ya ha sido aprobado con modificaciones por la Comisión de Asuntos Municipales que preside el Diputado Gonzalo Atanasof con fecha 30 de Agosto de 2010 y por la comisión Reforma Política y del Estado que preside el Diputado Pedro Gabriel Simonini con fecha 16 de Septiembre de 2010.

De aprobarse en la Comisión donde actualmente se encuentra bajará al recinto para su tratamiento en orden a convertirlo en Ley.

La Asociación a través del dialogo entablado con las distintas comisiones ha sugerido a los señores legisladores algunas modificaciones que consideramos necesarias para optimizar la calidad de la futura Ley. Algunas han sido tenidas en cuenta y en las que no ha sido así seguiremos insistiendo tratando de convencer a los legisladores de lo justo de nuestro reclamo.

Si quieren ampliar información pueden comunicarse telefónicamente al (011) 4297-2151 Celular 01156102852.

Hugo Iraizoz,
Presidente de la Asociación para
el reconocimiento de nuevos municipios

Una opinión desde Gerli: CONSIDERACION EN TORNO AL ARTÍCULO 11 DEL PROYECTO LEY MARCO DE RECONOCIMIENTO DE NUEVOS MUNICIPIOS

El Movimiento para la Autonomía de Gerli (MAGe) envío para su publicación un análisis del Proyecto de Ley Marco para la Creación de Nuevos Municipios. Aquí el texto completo:
CONSIDERACIONES INICIALES
La idea del presente Informe es aclarar algunas cuestiones que hacen a la posición del Movimiento por la Autonomía de Gerli (MAGe) en relación al actual proyecto de Ley Marco para el Reconocimiento de Nuevos Municipios aprobado por la Comisión de Asuntos Municipales de la Camarada de Diputados el pasado 25 de agosto de 2010, y específicamente en lo que hace a su articulo 11, que establece uno de los requisitos finales y formales del reconocimiento municipal: la realización de una consulta popular no vinculante y no obligatoria.
Como sabemos, la Comisión de Asuntos Municipales ha considerado para su proyecto los expedientes D-2452/09-10 Proyecto de Ley presentado por la Señora Diputada ALICIA ESTHER TABARES (“ESTABLECIENDO REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE NUEVOS MUNICIPIOS”) y el D- 33/10-11 Proyecto de Ley presentado por el Señor Diputado ABEL PAULINO MIGUEL (“REPRODUCCION, ESTABLECIENDO REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO MUNICIPAL”), que como menciona reproduce el expte. D- 1154/06-07 Proyecto de Ley presentado por el Señor Diputado (MC) JULIO CESAR ALFONSIN.
El artículo 11 establece la realización de una consulta popular (instituto reconocido por la Constitución Provincial en su artículo 67), no vinculante y no obligatoria, cuyo resultado completará el proceso que finalizará con la elaboración y elevación del proyecto de ley por parte de la Comisión Bicameral creado por la Ley Marco.
El sentido del artículo de análisis ha sido pensado a fin de determinar parámetros objetivos para medir el grado de apoyo de la/s propuesta/s entre los ciudadanos involucrados.
Recuérdese a esos efectos también que existen dos cuestiones importantes del espirito de la Ley, incluso mencionada en todos los proyectos aludidos, que no deberemos perder de vista en el estudio de la misma:
1) La concepción del criterio – mayoritario en el derecho público municipal argentino – de considerar al municipio como una comunidad natural de vecinos arraigados en un territorio, que unidos por relaciones de proximidad, y con una cierta complejidad económico-social-cultural e histórica, tienden a su propio bien común; y
2) La propuesta, por tanto, de “reconocer” a municipios actualmente existentes y no arrogarse la atribución de “crear” nuevas realidades institucionales, sin sustento democrático (en palabras del jurista y catedrático Dr. Ricardo Pablo Reca, “la creación supone la aptitud atribuida a un órgano para generar lo inexistente; el reconocimiento supone homologar lo existente cumplidas las condiciones que acrediten su identidad”. Ricardo Pablo Reca.“La creación de municipios en la Provincia de Buenos Aires”. Revista de Administración Pública (RAP Nros. 247 y 248). Abril/Mayo. 1999). En base a ello, es sabido que la doctrina más avezada en la materia, tanto de académicos como de profesionales estudiosos de la temática – que por extensión de trabajos no serán citados en este informe –, entienden que no se puede crear sobre lo ya creado. Es decir, si existen comunidades humanas naturales, con idiosincrasia, características y determinados aspectos propios (las actuales localidades o ciudades), sería una redundancia disponer por ley su establecimiento o “creación” si en realidad ya existen en la vida o materialidad.
De esta forma, y por las consideraciones que observaremos, entendemos que el articulo 11 del Proyecto aprobado por la Comisión de Asuntos Municipales no interpreta correctamente el espíritu no sólo ya de la propia Ley sino también de los proyectos similares anteriores.
Es así que nuevamente, y como ha sido puesto de manifiesto en un Informe redactado por la propia Asociación Provincial en oportunidad de analizar el Proyecto del entonces Senador Auza, entendemos que la consulta en cuestión, por si o por no, debe estar dirigida al electorado de la población o localidad que solicita su reconocimiento y no al del/los Municipio/s donde actualmente se asienta la misma.
Este entendimiento se base en la concepción general de la doctrina nacional e internacional de que es la población de cada una de las localidades, como comunidad natural y humana soberana, quien en realidad tiene el derecho a decidir su futuro así como también el derecho inherente a su condición soberana de que esa decisión sea respetada y adoptada en consecuencia.
Sabido es que la ciencia política, la teoría jurídica democrática y la doctrina en la materia tienden a afirmar la necesidad de ampliar en mayor medida los demos posibles, en un concepto que se ha creado y desarrollado en el respeto (y de conformidad) a la propia voluntad de los ciudadanos. El principio democrático que debe imperar en este tipo de normativas exigirá el reconocimiento de intervención de todos los demos posibles, ampliando la aportación y el control efectivo, como base fundamental de legitimación política en espacios soberanos concretos de distintos niveles.
Es, de esta manera, como se halla adecuado tender a la ampliación de la democracia, nunca a su apocamiento (achicamiento), exigiendo prioritariamente su expansión, sobre todo en lo que respecta a la definición de la comunidad política, la relación con el demos y la posibilidad de coexistir diversos espacios de sentencias dentro del mismo territorio socio político común.
Lo que el proyecto de articulado incorpora (implícita y explícitamente) es el intento de avanzar en políticas de único demos, esto es, a la pretensión (suposición) de que existe un único pueblo o, de existir distintos pueblos en su seno, de que estos acepten pertenecer a la autodecisión de un único pueblo en un espacio socio político común. Contrario a ello, los proyectos anteriores incorporaban esta idea básica y desarrollada por infinidad de autores de políticas de varios demos.
Adentrándonos en el análisis del contenido del artículo en cuestión, merece la pena indicarse el contenido contrario de los antecedentes existentes en la propia Comisión de Asuntos Municipales en relación a otros proyectos similares y a los Informes preparados por la Asociación Provincial para el Reconocimiento de Nuevos Municipios, basados en la casi totalidad de la doctrina en la materia (Así Reca, Bozzano, Rosatti, Varani, etc.). De esta manera, el Proyecto Actual de la Comisión Asuntos Municipales (D-33/10-11) establece:
Artículo 11º: Cumplidos los pasos anteriores y en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, la Comisión convocará a una consulta popular, por SÍ o por NO, al electorado del o los municipios involucrados.
La consulta será no vinculante y no obligatoria, debiendo analizarse el resultado de la misma por circuitos electorales. En los aspectos instrumentales de estas consultas se utilizará como base la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
Por el contrario, y tal lo dicho, el Proyecto de Julio Alfonsín (Expte. D- 1154/06-07) reproducido por su similar Proyecto de Abel Miguel (Expte. D- 33/10-11) – y en iguales términos a los proyectos que se analizaron en el Honorable Senado de Buenos Aires oportunamente –, estipula que ha de ser el electorado de la población o localidad que solicita su reconocimiento quien posee la potestad democrática de decisión, en los siguientes términos:
Artículo 11: Asimismo, la Comisión convocará a una consulta, por SÍ o por NO, al electorado de la población o localidad que solicita su reconocimiento, en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días de recibido el dictamen de la institución académica. La consulta será no vinculante y no obligatoria. La organización de la misma estará a cargo de la Comisión Bicameral, con cargo al presupuesto de la Legislatura, en igual proporción para ambas Cámaras.
Finalmente, el Proyecto de Alicia Tabares (Expte. D- 2452/09-10) también persiste en esta idea de que es la localidad que solicita su reconocimiento quien debe decidir la consulta, pero incorpora una excepción para casos donde la población en cuestión no llegue al 50 % del total de habitantes (1) , estableciendo en esas situaciones otra consulta popular que no invalida la primera.
Artículo 11º: Cumplidos los pasos anteriores, la Comisión convocará a una consulta, por SÍ o por NO, al electorado de la población o localidad o localidades que solicitan su reconocimiento, en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días de recibido el dictamen de la institución académica. La consulta será no vinculante y no obligatoria. La organización de la misma estará a cargo de la Comisión Bicameral, con cargo al presupuesto de la Legislatura, en igual proporción para ambas Cámaras.
En caso de que el número de habitantes de la zona que solicita reconocimiento sea menor al cincuenta por ciento (50%) del total de habitantes del o los distritos concernidos en la delimitación propuesta, se realizará también en éstos una consulta de iguales características en el o los municipios afectados.
En los aspectos instrumentales de estas consultas se utilizará como base la ley 5109 y modificatorias (Código Electoral de la Provincia) en todo lo que sea pertinente.
Incluso el propio proyecto de la Diputada Tabares reconoce que la agregación de estos párrafos ha considerado basado en criterios “de justicia (a) que el resto de los habitantes del o los municipios afectados también opinen sobre una cuestión trascendente para todos”.
No negamos desde ya, y por ello apoyamos en su momento dicho proyecto (mas allá de entender que se debería bajar el altísimo porcentaje aludido), que el principio democrático profesado en la propuesta se mantenía respetado en este ultimo proyecto (solución menos optima) y desde ya en el proyecto de los Diputados Alfonsín/Miguel (solución más optima).

CONSIDERACIONES FINALES Y PROPUESTAS
Curiosamente ambos proyectos antecedentes citados (que contienen como vimos al tercero de Abel Miguel), no fueron tenidos en cuenta por el dictamen de la Comisión de Asuntos Municipales en su redacción del nuevo articulo 11.
Este hecho fue denunciado en su momento por la Asociación y por este Movimiento, entendiendo que era la “cuestión” fundamental de la nueva redacción del proyecto y que hacia peligrar los intereses de los ciudadanos de las poblaciones o localidad en desmedro de los intereses de los Intendentes, sobre todo del Conurbano.
La redacción del nuevo artículo 11 claramente desnaturaliza el sentido de la propia Ley (tomando a los actuales Municipios como entidades naturales y no a todas las localidades que contengan los atributos como tales, incentivando fuertemente políticas de único demos y no de varios) y pone serios obstáculos no sólo formales (¿que pasa en muchas localidades donde la Ley electoral no refiere a claras señales de identidad de cada localidad, lo que en casi la totalidad de los casos sucede?) sino también políticos a los movimientos que buscan el reconocimiento municipal, sobre todo aquellos del Conurbano Bonaerense.
La propuesta formal es mantener el espíritu de la redacción del articulo al respecto de los proyectos originales de los Diputados Alfonsín (reproducido por el Diputado Miguel). Se propone la siguiente redacción:
Artículo 11º: Cumplidos los pasos anteriores y en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, la Comisión convocará a una consulta popular, por SÍ o por NO, al electorado de la población/es o localidad/es que solicita/n su reconocimiento.
La consulta será no vinculante y no obligatoria, debiendo analizarse el resultado de la misma por circuitos electorales.
En los aspectos instrumentales de estas consultas se utilizará como base la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
Finalmente, y en caso de entenderse que el resto de los habitantes del o los municipios afectados también deban opinar sobre la cuestión, se propone la siguiente redacción:
Artículo 11º: Cumplidos los pasos anteriores y en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, la Comisión convocará a una consulta popular, por SÍ o por NO, al electorado de la/s población/es o localidad/es que solicita/n su reconocimiento.
La consulta será no vinculante y no obligatoria, debiendo analizarse el resultado de la misma por circuitos electorales.
En caso de que el Municipio o Municipios afectado/s soliciten a la Comisión efectuar una consulta en el resto del o los territorios del proyecto comprendente de la/s población/es o localidad/es que solicita/n su reconocimiento, la misma se llevará a cabo en iguales características que la referida en el presente artículo. Ambas consultas populares podrán convocarse para la misma fecha.
En los aspectos instrumentales de estas consultas se utilizará como base la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires.

MOVIMIENTO POR LA AUTONOMIA DE GERLI (MAGe)
Asociación Civil sin Fines de Lucro
Septiembre de 2010

(1) No escapa a nuestro análisis que esta excepción hace prácticamente de imposible cumplimiento la solución del primer párrafo (una sola consulta) atento el alto porcentaje contemplado, solución que sigue siendo la más justa y adecuada. Esta excepción, por el contrario, hace que en la práctica en casi todos los casos se tendrán que dar dos (2) consultas: en la localidad o localidades que solicitan su reconocimiento y en el o los municipios afectados.

viernes, 17 de septiembre de 2010

Segundo paso adelante para los Nuevos Municipios

En una nota titulada “Marco para un cuadro complicado” la Revista La Tecla de la Provincia de Buenos Aires informa sobre los avances en el trámite parlamentario de la ley Marco para la creación de Nuevos Municipios. Se dice allí:

Todos aseguran que sí, que esta vez sale, que no queda cajoneada ni vetada; tampoco, menos aún, que será rechazada por alguna de las cámaras. Se trata de la ley marco para la creación de nuevos municipios. Las autonomías municipales son un tema picante en la agenda legislativa; hay más de treinta iniciativas en la Provincia, y si se diera luz verde a todas y cada una de ellas, la cantidad de distritos superaría la suma de 170 en un abrir y cerrar de ojos.

Tras reiterados intentos que no prosperaron, el oficialismo elaboró, a través de la diputada olavarriense Alicia Tabarés (FpV-PJ), un proyecto que introduce una importante modificación a otro que en su momento presentó Julio Alfonsín. A tres meses de haber sido ingresado en la Cámara baja, ya cuenta con despacho favorable en dos comisiones. Le queda aún transitar otras dos antes de salir al recinto.

El proyecto de la legisladora Tabarés sólo cambia una cuestión, aunque fundamental: en lugar de solicitar el 5 por ciento de adhesiones, expresadas a través de un petitorio, de quienes conforman el padrón de la nueva área afectada para que se erija el nuevo distrito, solicita el 15 por ciento para que la medida prospere. Este cambio es sustancial: los municipios “pequeños” podrán seguir solicitando su autonomía, y factiblemente podrán conseguirla. Para otros, más grandes, será prácticamente imposible

En la misma nota, Hugo Iraizos, Presidente de la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios de la Provincia de Buenos Aires, afirma: “El Ejecutivo lo impulsa y la oposición lo avala. Scioli se comprometió a no vetar”. Y sobre el 15 % agrega: “Es para proteger a los intendentes del Conurbano”.


Efectivamente, el requisito del 15% del padrón de cada municipio aparece cuando menos exagerado sino lisa y llanamente ilegal. Recordemos lo que dice la Constitución Nacional sobre el particular:

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional…” (art. 39).
Es cierto que la Constitución Provincial contiene otras complejidades; pero no menos cierto es que, para muchos juristas, el mismo régimen municipal bonaerense desacata la autonomía municipal establecida en la Carta Magna nacional reformada en 1994.
El poder legislativo provincial tiene la oportunidad de enmendar esta maraña jurídica optando por una ley que consagre el sentido común estableciendo un porcentaje razonable que, sin dudas, no puede ser del 15 por ciento frente al requisito de la Constitución Nacional que establece el 3 por ciento como techo.

Cambios en la Comisión Directiva de la Asociación para el Reconocimiento de Nuevos Municipios de la Provincia de Buenos Aires

La Asociación informa la nueva composición de su Comisión Directiva:

Presidente Hugo D. Iraizoz (Altos del Tránsito)Vicepresidente a Eduardo Chavanne (Santa Clara del Mar)
Vicepresidente 1° Sr. Jorge Sanseau (Huanguelén)
Secretario Emiliano Bursese (Gerli)
Prosecretario Carlos Pro (
Pte Derqui)
Tesorero Luís Jiménez (
Hudson)
Protesorero Luís A. Torres (
Temperley)
Vocal 1° Sr. Pedro de Lizarbe (
Quequén)
Vocal Titular 2do. Hernán Allen (
Lezama)
Vocal Titular 3ro. Aurelio Lugo (
Banfield)
Vocal Suplente 1ero. Diego Jiménez (
Urdapilleta)
Vocal Suplente 2do. Rodolfo Viñas (
Darregueira)
Vocal Suplente 3ro. Roberto Babuin (
Libertad)
Revisor de cuentas Titular 1ero. Jorge Ruben (
30 de agosto)
Revisor de cuentas Titular 2do. Hugo Rosa (
Lima)
Revisor de cuentas Suplente 1ero. Beatriz Risso (
Paso del Rey)
Revisor de cuentas Suplente 2ero. José Luís Pérez (
Alberti)

martes, 7 de septiembre de 2010

Concejales de Alimirante Brown apoyan la creación de un nuevo municipio

La Comisión Nuevo Municipio Altos del Tránsito nos envió un comunicado donde relejan el apoyo que recibieron de un grupo de concejales de Almirante Brown pertenecientes a diferentes fuerzas políticas. Aquí el texto completo:

El pasado 3 de septiembre de 2010, en el Club Atlético Longchamps, a las 20 horas, se produjo, creemos un hecho inédito en Almirante Brown y tal vez en la Provincia de Buenos Aires.


Concejales que responden a distintas corrientes políticas, fueron invitados por la Comisión Nuevo Municipio Altos del Tránsito (Glew – Logchamps – Mtro. Rivadavia), a fijar públicamente su posicionamiento sobre el nuevo municipio Altos del Tránsito, como así también nuevos municipios en la Provincia de Buenos Aires.

Algunos de ellos ya lo habían expresado en la sesión en la que el Honorable Concejo Deliberante tratara la presentación del Concejal Dr. Fernández (CC), de declarar de interés municipal la tarea de la Comisión Altos del Tránsito tras diez años ininterrumpidos de gestión.

Se hicieron presentes los Concejales que habían comprometido su asistencia; Ivanna Rezano (Libres del Sur – Proyecto Sur), Dr. José María Fernández (CC), Dr. Hugo Cisco (PRO), Ramón Valdéz (PRO), Florencia Retamoso (GEN), Eduardo Fabiani (FPV) y Miriam Niveyro (PRO).

Fueron importantes los conceptos vertidos ante fomentistas, políticos y vecinos. Coincidentes todos ellos en el apoyo efectivo, excepto el edil Valdéz quien con absoluta sinceridad dijo desconocer en profundidad el proyecto. Dejando, sin embargo, la puerta abierta a la aceptación, pues lo que escuchó de sus pares le daba una orientación y solicitó públicamente se le acerque información.

Importante fue la presencia y lo sostenido por el Concejal Eduardo Fabiani (Pte. del bloque Frente para la Victoria) al expresar…”Nosotros, sustentamos la necesidad de estas localidades, nací en Ministro Rivadavia y estoy orgulloso de vivir hace 35 años en Longchamps, destaco el trabajo de la Comisión, titánico y constante. Antecedente de división del gobierno central, histórico desde la separación de Lomas de Zamora, de tiempo atrás se habla de la postergación, esta posición, es un tema de racionalidad, es imposible gobernar distritos con esta extensión, como así también la mala distribución…” estando de acuerdo con lo sostenido por la Concejal Retamoso, insistiendo con lo que expresa desde hace años (…la urgente división del Distrito).

El Concejal Fernández acotó que tal vez otras localidades del mismo municipio puedan buscar la nueva posibilidad, como así también la tan ansiada autonomía, Ivanna Rezano (Libres del Sur – Proyecto Sur) declarando su apoyo a partir de compenetrarse en la necesidad de la búsqueda de acercamiento del ciudadano, y la posibilidad de éste, para participar en la cosa pública. Miriam Niveyro (PRO) expresó a través de su voz el pensamiento del conductor de su espacio político (Jorge Macri), quien apoya claramente la creación de los Nuevos Municipios.

Fueron claros los conceptos del Concejal Dr. Hugo Cisco (PRO), mostrándose tal cual lo hizo cuando ante vecinos y la Comisión Altos del Tránsito, expresara su apoyo, fundamentalmente basándose en el centralismo de las cabeceras, la distribución, la equidad y la necesidad imperiosa de llegar al vecino de manera eficiente.

Conciudadanos, la Ley Marco para la creación de Nuevos Municipios fue aprobada en la Comisión de Asuntos Municipales y ahora de serlo nuevamente en la Comisión de Legislación podría bajar al recinto para su aprobación o rechazo.

De ser aprobada esta ley, se terminaría la lucha despareja de las respectivas comisiones en la Provincia de Buenos Aires (más de cuarenta), con las autoridades municipales que en muchos casos en lo único que fundamentan su gestión es en tratar de demostrar que todo está bien, cuando la realidad es que sólo “algo está medianamente bien”.

Los mismos diputados impulsan esta ley, convencidos de que es la única solución para reordenar este conurbano, pues son conocedores que no nacerá de los intendentes el proponer y reconocer la imposibilidad de conducción. Nosotros lo hicimos saber en reiteradas oportunidades. Impulsaron Nuevos Municipios: Los Diputados Gurzi, Giustozzi, Filloy, Giacobe, Walter Martello, De Miguel, Mecias, etc. Pero los Intendentes Quindimil, Rodriguez, Mussi y Rossi, se oponían…

Hoy la posibilidad de la Ley Marco aparta a los intendentes de la decisión.

Apoyan a esta Comisión vecinos y conciudadanos.

“Nuevos Municipios, una realidad cada vez cercana…”